La Corte Constitucional le advirtió a las universidades privadas que deben flexibilizar y establecer acuerdos de pago de las deudas que tienen los estudiantes de escasos recursos, antes de impedirles la graduación por esta situación.
El pronunciamiento lo hizo el alto Tribunal al amparar el derecho a la educación de una estudiante, a quien la universidad Jorge Tadeo Lozano, donde finalizaba diseño industrial, le negó otorgarle el grado, por una deuda que tenía en el pago de unos créditos que le había otorgado el Icetex para poder adelantar sus estudios.
De manera específica, la alta Corte le ordenó a la Universidad Jorge Tadeo Lozano realizar un acuerdo de pago con la estudiante a la que se le negó el grado, en el que se pacte la forma cómo puede cumplir la deuda que tiene con la institución educativa.
La Corte además advirtió que si los estudiantes han estado al día con el pago de los semestres desde el inicio de sus estudios, la universidad no puede impedir el respectivo grado por deudas adquiridas al final de la carrera, pues se violaría el principio de confianza legítima y de buena fe que adquirió desde un principio el alumno con la universidad, quien además tiene una expectativa por graduarse.
Por último, el fallo argumenta que los derechos fundamentales como el de la educación, están por encima que el de la autonomía universitaria, reflejado en el reglamento y estatuto de la respectiva
universidad.
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